La medida, respaldada por la mayoría legislativa de Morena y sus aliados, concluye un proceso a contrarreloj en el que la reforma fue aprobada por el Congreso de la Unión; apenas ayer se avaló en la Cámara de Diputados y, en menos de un día, alcanzó en las legislaturas estatales la mayoría de 17 votos necesaria para su declaratoria constitucional.
Tras esto, la Cámara Baja sesionó a las 5:00 de la tarde de este día para hacer la declaratoria, y poco después, la colegisladora, el Senado de la República, hizo lo propio, a lo que siguió un acalorado debate entre el oficialismo y la facción del PRI, única bancada de la oposición que se presentó al trámite legislativo.
La reforma entra en vigor un día después de su publicación, y se aplicará a todos los asuntos en curso, los cuales deberán resolverse bajo las nuevas disposiciones.
La reforma modifica el primer párrafo de la fracción II del artículo 107 y añade un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución, estableciendo que las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad no podrán cuestionar las reformas o adiciones a la Carta Magna. Así, cualquier modificación realizada a la Constitución quedará blindada contra recursos legales que busquen revertirla o invalidarla.
El decreto especifica que «son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución». Esto implica que las impugnaciones judiciales, como el juicio de amparo, no procederán para cuestionar estas reformas, limitando así el margen de acción de aquellos que busquen detener cambios impulsados desde el Poder Legislativo.