FUE UN ‘REMATE ILEGAL’ EL EL TERRENO CALIENTE…

Un profesionista del Derecho conoció de primera mano la irregular operación judicial mediante la que el exgobernador Javier Corral Jurado se apropió de un terreno de casi 280 metros cuadrados en esta ciudad para convertirlo en el patio de una de sus casas.

TOMADA DE ELDIARIO.MX

La propiedad está ubicada en la calle Costa Rica, entre Ignacio de la Peña y 16 de Septiembre.

Ese terreno ha sido llamado “caliente” por las múltiples anomalías cometidas particularmente por un juzgado del Poder Judicial del Estado y de las que se negó a formar parte un notario, quien rechazó protocolizar el acto final en favor de Corral: la escrituración respectiva para ser inscrita en el indispensable Registro Público de la Propiedad.

Gran parte de la historia de esa operación ha sido publicada por El Diario, e inclusive fue motivo de una demanda judicial todavía vigente por parte de Corral contra este rotativo en El Paso. Quedó enredado entre la acusación por difamación allá y el cúmulo de pruebas publicadas en México que prueban las anomalías.

Ahora tenemos una cronología aportada por un abogado que estuvo muy cerca de la operación en juzgados, pero que solicitó el anonimato por seguridad.

El testigo describe con detalle una serie de pasos que simularon un proceso judicial que se planeó para fingir derechos sobre el inmueble. El testimonio es de alguien que afirma conocer de primera mano el caso, puesto que fue un amigo muy cercano a José Luis Ruiz Flores, quien fuera por muchos años juez Primero de lo Civil en esta ciudad y que, en vida, le confió toda esta información que ha decidido revelar a El Diario.

Hace dos años y medio, a partir de información difundida en un inicio por El Diario y luego por otros muchos medios, el juez José Luis Ruiz Flores pidió a algunos amigos que le ayudaran a revisar su actuación en un juicio mercantil en el que había intervenido, preocupado porque en ese asunto podían llegar a fincarle responsabilidades, por haber cumplido órdenes que resultaban ilegales.

Ruiz Flores se encontraba a punto de jubilarse y se dispuso a preparar su defensa administrativa y penal a sabiendas de que, cuando hubiera cambio de régimen en el Gobierno estatal, seguramente alguien podría usarlo en su contra ya que el magistrado del propio Tribunal Superior de Justicia, Marco Tulio Cano Corral, le había ordenado ser partícipe de una simulación judicial para favorecer al gobernador en turno, Javier Corral Jurado.

Lamentablemente, Ruiz Flores falleció el año 2020 a consecuencia del Covid. Durante su tratamiento estuvo sometido al estrés por la ilegalidad en la que se había envuelto por seguir las órdenes del magistrado Cano Corral. Según el testimonio, el juez fue obligado a actuar en contra de su voluntad y, en su memoria –dice el testigo–, es importante aclarar las circunstancias, así como señalar a los involucrados.

Del testimonio, es importante rescatar un párrafo textual en el que el testigo manifiesta lo siguiente: “Me atrevo a enviarles estas líneas, que se pueden corroborar en lo esencial, pero reservando mi nombre, pues sé que Javier Corral es un hombre sin escrúpulos y capaz de todo. “Finalmente, él mismo se valió de anónimos para intentar juzgar a la hoy gobernadora, María Eugenia Campos Galván, en un proceso lleno de irregularidades y falsedades”.

El expediente judicial al que se hace referencia es el 787/92. Se trata de un juicio ejecutivo mercantil, donde el demandado es Sergio Pérez Muñiz y el demandante es Multibanco Comermex S. A.

Inicialmente se llevó en el Juzgado Cuarto Civil, que a partir de 2018 fue convertido en Juzgado Primero Civil. En éste resultó una sentencia condenatoria del juicio iniciado en mayo de 1993.

Esa sentencia quedó firme el 4 de junio de 1993. Concluyó con el embargo de un inmueble, un tercio del terreno y finca ubicados en la manzana 1170 de la adición oriental de esta ciudad, con superficie de 277.64 metros cuadrados, inscrito en el Registro Público bajo la partida 87 a folios 44, del libro 448 de la Sección Primera.

Considera el testigo que las inconsistencias que José Luis Ruiz Flores encontró y fue obligado a omitir son las siguientes:

1.- FALTA DE PERSONALIDAD.

El juicio inició en 1992. El representante del banco fue Tomás Bustamante Moreno, un respetado jurista de Juárez.

En septiembre de 1995, Bustamante presentó un escrito en el que pidió copias simples del juicio y autorizó para recibirlas a los abogados Jaime Ruiz Morales, Gerardo González Rentería y René Javier Soto Cavazos, sin que fueran autorizados para actuar en el expediente o para recibir notificaciones, sólo para recoger las copias simples del expediente.

Bustamante “no participaría en los planes de simular un acto judicial ilegalmente, entonces dejó de representar al banco y no volvió a aparecer en los registros”.

El expediente quedó abandonado durante 23 años, hasta que Javier Corral Jurado, siendo gobernador, habría ordenado que se retomara en agosto de 2018. Recientemente había adquirido una casa pegada a ese terreno y lo vio como patio.

Del expediente se desprendió la estrategia legal para adjudicarse el inmueble, con González Rentería como operador. Estuvo dispuesto a comparecer a pesar de no tener personalidad jurídica.

Es desconocido cuál fue el arreglo y con quién, el hecho es que fue retomado el juicio sin que dicho abogado acreditara ser representante del banco.

El juez Ruiz Flores, “a pesar de que detectó inmediatamente la ilegalidad, recibió la orden del magistrado Marco Tulio Cano Corral de omitir la irregularidad porque se trataba de un asunto del gobernador Javier Corral Jurado, que estaba obsesionado con poseer ese terreno que se encuentra contiguo a la casa donde hospedó al presidente Andrés Manuel López Obrador”, asegura el testigo.

Afirma que González Rentería sólo tenía la autorización para recoger copias en 1995, pero “intencionalmente” continuó el proceso en 2018, “hasta que logró sacar a remate el inmueble y en ningún momento exhibió un poder como representante del banco, por lo que el remate es ilegal”.

2.- PRESCRIPCIÓN DE LA SENTENCIA.

El segundo tema “que provocó gran malestar al juez Ruiz Flores” al llevar a cabo el ilegal remate, fue el hecho evidente de que la sentencia del asunto estaba prescrita desde hacía muchos años.

De acuerdo con el Código de Comercio, explica, una sentencia mercantil puede ejecutarse en los siguientes tres años a que quede firme. En este caso el límite fue el 4 de junio de 1996, y “se obligó al juez Ruiz Flores a ejecutar una sentencia que tenía más de 25 años de haberse dictado, por lo que la sentencia había caducado y era necesario comenzar de nueva cuenta el juicio desde cero”.

Lo anterior lo dispone el artículo 1079 fracción IV del Código de Comercio, y aunque en su momento el juez Ruiz Flores lo hizo ver a sus superiores, fue obligado a continuar con el procedimiento.

3.- NULIDAD DE ACTUACIONES.

El tercer elemento que en su momento el juez Ruiz Flores señaló como ilegal al ser obligado a continuar con el procedimiento, fue el hecho de que el juicio tenía paralizado más de 20 años, por lo que en todo caso debería ser notificada su reanudación a las partes, entre ellos el banco Multibanco Comermex, S. A.

Sin embargo, “le ordenaron que asumiera que el representante del banco era Gerardo González Rentería, quien no acreditó ser endosatario en procuración o apoderado del banco, sino que sólo había sido autorizado para recibir ciertas copias 22 años antes, por lo que el Banco Multibanco Comermex, S. A. jamás fue notificado por conducto de su endosatario en procuración o de algún apoderado cuando se decidió reanudar el juicio en el año 2018, lo que constituyó otra grave violación al procedimiento”.

4.- REMATE CON AVALÚOS CADUCOS.

Un cuarto punto que el juez Ruiz Flores “observó a sus superiores” fue el hecho de que los avalúos con que se pretendía sacar a remate estaban caducos, pues tenían alrededor de 25 años de haberse emitido.

Cuando el juicio se llevó en su origen y se llegó a sentencia en junio de 1993, fueron elaborados avalúos ese mismo año y con ellos se sacó a remate la tercera parte del bien embargado, sin que se hubiera fincado el remate.

Al retomarse el asunto en 2018, se ordenó que se volviera a sacar a remate con los mismos avalúos caducos (un avalúo tiene vigencia de un año, de acuerdo con la ley), lo que implica un detrimento en contra del banco y del deudor, pues el valor del bien con el que se pretende sacar a remate considera valores de 1993 y no de 2018, lo que es una grave irregularidad por la que el juez Ruiz Flores consideraba que podían fincársele responsabilidades.

No obstante las observaciones que él hizo en su momento, la orden del magistrado Marco Tulio Cano Corral fue tajante de no mover más el asunto y sacar a remate con lo que ya existía en el expediente.

5.- REMATE DEL 100% DE LA PROPIEDAD.

Un quinto punto “que generó gran inconformidad al juez Ruiz Flores fue la orden de sacar a remate la totalidad de la propiedad, a pesar de que estaba embargada únicamente la tercera parte de la misma que era propiedad del señor Sergio Pérez Muñiz, pero no las dos terceras partes que eran propiedad de su madre y de su hermana, de nombres Francisca Muñiz de Pérez y Elia Pérez Muñiz”.

“Posiblemente este punto era el que más le angustiaba, pues la orden fue privar a dichas personas de sus derechos de propiedad sin que se hubieran defendido en juicio, lo que es una grave violación a sus derechos humanos y garantías patrimoniales”, opina el abogado testigo.

Al remate, que se llevó a cabo el 25 de septiembre de 2018, compareció como postor un amigo del entonces gobernador de nombre Ricardo Álvarez Chabre, quien ofreció por el inmueble 110 mil pesos, basado en los avalúos de 1993 que se utilizaron. El remate se fincó a su favor por dicha cantidad el 27 de septiembre de 2018, dictando los acuerdos el juez, cuidando de no señalar si era el 100% o el 33%, aunque ha sido comprobado que Corral está posesionado del 100 por ciento de los casi 280 metros cuadrados. En un contrato de promesa firmado entre ambos detallan los 277 metros; es decir, el 100 por ciento.

Una vez llevado a cabo el remate, el propio Álvarez Chabre compareció ante el juzgado y pidió que se turnara el expediente a la Notaría Pública 3, a cargo de Javier Ignacio Camargo Nassar, para hacer la escritura correspondiente.

“Estoy enterado de que el notario se negó a llevar a cabo la escritura por el 100% de la propiedad, por haberse embargado únicamente la tercera parte de Sergio Pérez Muñiz, por lo que el 16 de octubre devolvió el expediente señalando que no se había otorgado la escritura, pero sin precisar razones o motivos”, detalla.

No obstante lo antes expuesto, Álvarez Chabre le pidió al juez que le entregaran la posesión del bien inmueble, y aunque sólo se había rematado la tercera parte, “el juez Ruiz Flores, nuevamente presionado por sus superiores, ordenó poner en posesión legal y material del inmueble al citado Ricardo Álvarez Chabre, quien acompañado de un actuario tomó posesión del inmueble el 24 de octubre del 2018”.

6.- EL DINERO DEL REMATE NUNCA FUE COBRADO.

Asegura el abogado en su testimonio a El Diario que una prueba más de que todo lo actuado en el remate llevado a cabo fue simulado, lo constituye el hecho de que, por lo menos hasta la muerte del juez Ruiz Flores en 2020, los 110 mil pesos que presentó Ricardo Álvarez Chabre al juzgado en pago del remate no habían sido recogidos por González Rentería para ser entregados al banco. “Es lógico pensar que el banco ni siquiera está enterado de este juicio”, dice.

De las constancias que se pueden revisar por vía remota del referido juicio no existe constancia de que González Rentería haya recogido el dinero para entregarlo al banco y cobrar sus honorarios.

Esa, asegura, es una demostración más de la simulación llevada a cabo, pues lógicamente y por experiencia, un abogado que lleva a cabo un remate procede de inmediato a entregar el dinero a su cliente para poder devengar sus honorarios, cosa que en este caso aparentemente no ha sucedido.

En conclusión, “con estas seis graves ilegalidades se orquestó la simulación de un juicio desde el Poder Judicial para satisfacer la obsesión del gobernador en turno por un terreno. Así se demuestra de lo que fue capaz el exgobernador Javier Corral Jurado: ordenar retorcer la ley con el fin de obtener un beneficio eminentemente personal pero inmoral”.

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