En las Legislaturas LXIV y LXV del Congreso de la Unión —del 1 de septiembre a la fecha—, senadores y diputados federales de las principales fuerzas políticas representadas en su seno —partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI) y partido Movimiento Ciudadano (MC)— han promovido reformas a la Constitución y legislación secundaria en materia de voto electrónico.
De cara al inicio de la discusión formal de la reforma electoral constitucional pendiente en la Cámara baja, a partir de la iniciativa de enmienda constitucional del Ejecutivo federal que no incluye una propuesta específica al respecto, el tema sí formará parte del debate.
El 31 de octubre pasado, el presidente Andrés Manuel López Obrador se dijo de acuerdo con instrumentar en México, en los comicios presidenciales de 2024, el voto electrónico porque sí funciona.
“Y estoy seguro que cuesta menos, que no es tanto gasto y como se está discutiendo ahora lo de la reforma electoral ayudaría mucho un sistema así, seguro, imparcial, eficiente, rápido”, afirmó.
El 13 de febrero de 2020, el diputado federal de Morena Luis Alegre Salazar propuso enmendar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) para crear el Sistema Nacional de Votación Electrónica.
La iniciativa del morenista pretende crear el Comité Nacional para Votación Electrónica o Digital como un organismo dependiente del Instituto Nacional Electoral (INE).
Patricia Armendáriz Guerra (Morena) promueve modificar el artículo 266 y 268 de la Legipe para establecer el uso de boletas electrónicas, cuyo folio progresivo será registrado por sistema de manera local y en los servidores del INE.
El diputado federal Humberto Aguilar propuso, en mayo pasado, a nombre del grupo parlamentario de Acción Nacional, reformar la Legipe, Ley General de Partidos Políticos y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
De ser aprobada la iniciativa panista, el artículo 266 de la Legipe preverá:
“La emisión del voto se llevará a cabo a través de urnas electrónicas que mostrarán las boletas para la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y diputados. El elector tocará la pantalla para elegir en la boleta al candidato o partido de su preferencia; votar en blanco o por un candidato no registrado. El elector podrá verificar su voto en la pantalla o en su caso modificarlo’’.
Jorge Álvarez Máynez, coordinador de la diputación federal de MC, promueve también cambiar la letra de la Legipe para autorizar al INE la implementación de la urna electrónica y el voto electrónico con la finalidad de que las elecciones cumplan el principio constitucional de certeza.
A decir del emecista, además de aumentar de manera importante la confiabilidad de los procesos electorales, el voto electrónico puede reducir los costos de una elección por lo que llamó al consenso para su aprobación.
Constitución
En abril pasado, el senador Mario Zamora (PRI) propuso enmendar el artículo 41 constitucional para incluir el voto electrónico, así como sus cualidades ya contempladas en la ley secundaria.
La iniciativa del sinaloense plantea que el Instituto Nacional Electoral (INE) será el responsable de aprobar y administrar el sistema electrónico de votación, y que en el caso de las elecciones locales, los lineamientos y formatos para dicho ejercicio se acuerden con la autoridad electoral local.
Mediante el régimen transitorio, sugiere precisar que el Congreso de la Unión realizará, en un plazo no mayor a 180 días, las reformas secundarias para que el voto electrónico pueda ser implementado en las elecciones generales y locales de 2024.
“Para el ejercicio del derecho a voto de las y los ciudadanos mexicanos en procesos electorales federales o locales, consultas populares y procesos de revocación de mandato, podrá realizarse por medio de boletas electorales impresas o electrónicas; para lo cual, la ley reglamentará su implementación que asegure el sufragio universal, libre, secreto y directo’’, cita la propuesta del priista.